El Estado cumple su actividad pública económica mediante su intervención directa o indirecta. En forma directa, cuando actúa en el campo económico como empresario, esto es, dirigiendo un establecimiento industrial o mercantil: en forma indirecta, al coordinar la acción económica de los particulares por medio de normas jurídicas.
Villalba G., H. (1963). Jurisprudencia: Un establecimiento farmacéutico perteneciente a un organismo estatal constituye un servicio público de carácter no mercantil. Revista De Derecho Público, (1), Pág. 95–96. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i1.31541