Por regla general, las prestaciones de salud requieren el consentimiento informado del paciente. Los fundamentos éticos detrás de esta exigencia son la autonomía del paciente para decidir sobre su propio cuerpo y el respeto a su dignidad, que impide instrumentalizarlo. La manera en que el ordenamiento jurídico materializa estos fines es consagrando deberes de información y de consejo, y disciplinando las condiciones bajo las cuales debe prestarse el consentimiento. Jurídicamente, estos deberes delimitan la relación médico-paciente y ayudan a definir hipótesis de responsabilidad civil. En este artículo se revisan las condiciones para la satisfacción de estos deberes, así como los supuestos en que su infracción pueden dar lugar a responsabilidad civil.
Palabras clave:
consentimiento informado, dignidad y autonomía del paciente, deberes de información y consejos, responsabilidad civil
Biografía del autor/a
Gabriel Hernández Paulsen, Universidad de Chile
Este artículo está vinculado con el Proyecto Fondecyt de Iniciación 11180826, del que Gabriel Hernández es Investigador Responsable
Hernández Paulsen, G., & Chahuán Zedan, F. (2021). Consentimiento informado en las prestaciones de salud. Acta Bioethica, 27(1), pp. 17–25. Recuperado a partir de https://revistateatro.uchile.cl/index.php/AB/article/view/63949